La misma se traduce en un presupuesto de 50.000 euros, para el establecimiento de proyectos de seguridad del paciente
Este viernes el Boletín Oficial del Estado ha publicado el acuerdo que se ha alcanzado entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la Sociedad Española de Medicina Intensiva (Semicyuc), por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos…
Este viernes el Boletín Oficial del Estado ha publicado el acuerdo que se ha alcanzado entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la Sociedad Española de Medicina Intensiva (Semicyuc), por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por un importe de 50.000 euros, para el establecimiento de proyectos de seguridad del paciente 'tolerancia zero' en enfermos críticos.
En concreto, Semicyuc colaborará con la AEMPS en la monitorización del impacto a largo plazo de las iniciativas de
'Bacteriemia Zero' y del 'Proyecto Neumonía Zero', mediante el registro de las tasas de Bacteriemias por catéter vascular y Neumonía asociada a ventilación mecánica, entre otras iniciativas de seguridad del paciente.
Del mismo modo, a través del convenio, la organización se compromete a recoger la información de los pacientes ingresados durante más de 48 horas en la UCI, incluyendo las variables acordadas en el protocolo de vigilancia y control de las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria; se promoverá la participación de todas las UCI del Sistema Nacional de Salud (SNS) en los proyectos de seguridad de estas unidades; y se fomentará la cultura de seguridad en las UCI del SNS.
El papel de la AEMPS
Por su parte, la AEMPS monitorizará y será informado de todos trabajos realizados por Semicyuc, organización que, al mismo tiempo, deberá adoptar las medidas de gestión y organización que fueran necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.
Asimismo, la AEMPS se reserva la facultad de requerir a la Semicyuc cuanta documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del convenio. No obstante, proporcionará la infraestructura necesaria para la realización de las reuniones de trabajo que se establezcan en torno a la seguridad del paciente.
Por último, en cuanto a otras actividades vinculadas a este acuerdo, se estipula la realización de actas de las reuniones que mantenga el Consejo Asesor del Programa de seguridad en pacientes críticos del SNS; así como la actualización de la plataforma de formación para permitir la expedición automatizada de los certificados docentes y de la obtención de listados de alumnos por comunidad autónoma, a nivel del SNS.