AMYTS pide a los sanitarios más vulnerables que pidan cita con el Servicio de Prevención que te corresponda para una evaluación específica frente al nuevo riesgo biológico por coronavirus
Una de las prioridades del Gobierno respecto a la emergencia sanitaria del coronavirus es proteger especialmente a los profesionales sanitarios, ya que como recordaba el ministro de Sanidad, Salvador Illa, “sobre ellos descansa la respuesta al coronavirus”. De esta forma no solo se trata de…
Una de las prioridades del Gobierno respecto a la emergencia sanitaria del coronavirus es proteger especialmente a los profesionales sanitarios, ya que como recordaba el ministro de Sanidad, Salvador Illa, “sobre ellos descansa la
respuesta al coronavirus”. De esta forma no solo se trata de tener disponibles a todos los sanitarios, sino también aumentar las medidas de prevención ante el virus para los mismos. En esta línea, la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (
AMYTS) ha querido recordar la importancia de que los sanitarios más vulnerables, como es el caso de las embarazadas, evalúen su riesgo ante el COVID-19.
En concreto, desde AMYTS se ha emitido un comunicado dirigido a facultativos en situaciones de especial sensibilidad como embarazadas, en periodo de lactancia o personas con enfermedades crónicas, etc., para recordarles que deben ser evaluados por los servicios de prevención de riesgos laborales o salud laboral correspondientes.
Así, pide a los sanitarios más vulnerables que pidan cita con el Servicio de Prevención que te corresponda para una evaluación específica frente al nuevo riesgo biológico por coronavirus (SARS-CoV2).
Legislación a tener en cuenta
Tal y como recordaban así lo recoge el artículo 26 sobre la Protección de la maternidad, que establece que “si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada”.
Igualmente, desde AMYTS señalan que el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, también establece que “identificados uno o más riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, se procederá, para aquellos que no hayan podido evitarse, a evaluar los mismos determinando la naturaleza, el grado y duración de la exposición de los trabajadores”.