Los profesionales ven preocupante la tendencia a un excesivo protagonismo de la Administración en la regulación del ejercicio de la objeción de conciencia
10 de enero 2023. 11:06 am
La Comisión de Deontología del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) ha publicado un documento de posicionamiento sobre la objeción de conciencia en la profesión médica. El informe pretende repasar y actualizar, desde la deontología, la compresión de la objeción de conciencia en…
La
Comisión de Deontología del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (
ICOMEM) ha publicado un
documento de posicionamiento sobre la objeción de conciencia en la profesión médica. El informe pretende repasar y actualizar, desde la deontología, la compresión de la objeción de conciencia en la profesión médica teniendo en cuenta los nuevos contextos a los que se enfrenta.
A este respecto, señalan que resulta preocupante la tendencia a un
excesivo protagonismo de la Administración en la regulación del ejercicio de la objeción de conciencia. Así, señalan la constatable creación de
registros de objetores. Todo ello, teniendo además en cuenta su escasa utilidad en orden a organizar la atención sanitaria.
De esta forma, se argumenta que, aunque puedan describirse distintos criterios de calificación por su grado de participación, debe reconocerse siempre la primacía de la conciencia del médico a la hora de evaluar su repulsa a los actos que se van a realizar.
Claves de la objeción de conciencia
El documento explica que la excepcionalidad del ejercicio de la objeción de conciencia introduce al que objeta en deberes específicos entre los que destaca el de no abandonar al paciente en su proceso asistencial, especialmente en los casos de particular necesidad.
No obstante, los actos que el médico realiza no son automatismos ni procesos impersonales. La literatura científica recoge la particular contribución al “desgaste” de los profesionales que pueden producir experiencias morales potencialmente lesivas como las que violan valores morales o creencias profundamente arraigadas.
Es por ello que es
necesaria una colaboración intensa entre los distintos agentes involucrados en la protección de la salud para que se ponga adecuadamente en valor. Asimismo, para que sea de hecho posible el ejercicio de los deberes que caracterizan a la profesión médica y que mejor garantizan la atención adecuada a los pacientes. Y es que, la objeción de conciencia debe ser apreciada como una auténtica contribución a la vida social y, en cualquier caso, como expresión de los derechos fundamentales en los que la propia democracia se sustenta, elementos constitutivos del Estado de Derecho.