La COVID será reconocida como enfermedad profesional en personal sanitario y sociosanitario que ha contraído el coronavirus en el ejercicio de su profesión.
El Consejo de Ministros ha decidido aprobar en su reunión de este martes la consideración de la COVID-19 como enfermedad profesional en personal sanitario. La
Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), entre otras entidades, han acogido con satisfacción esta noticia.
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha explicado que esta medida 'va a permitir en determinadas circunstancias una mayor protección a los sanitarios que han contraído el virus'. Tras el Consejo de Ministros, Escrivá ha indicado que la medida tiene carácter retroactivo y se extiende también a 'celadores u otros trabajadores que desempeñan su labor en el ámbito sanitario', tal y como reclamaban los sindicatos.
Por otra parte, el Decreto aprobado por el Gobierno también regula que
los profesionales sanitarios jubilados puedan compatibilizar su pensión con el trabajo profesional durante la pandemia de COVID-19. 'Permite que determinados trabajadores jubilados en el ámbito sanitario puedan compatibilizar la actividad activa en la situación extraordinaria del COVID-19 con su situación como pensionistas', ha puntualizado el ministro.
Desprotección del personal sanitario
“Se trata de una reivindicación que CESM ha pedido insistentemente desde el inicio de la pandemia. No es suficiente la consideración como accidente de trabajo. A nuestra reclamación posteriormente se han sumado diferentes organizaciones”. CESM ha recordado la
“situación de desprotección en la que quedaban los profesionales sanitarios”. Ha denunciado esta situación también ante el Defensor del Pueblo o la Dirección General de Ordenación Profesional. En concreto, el responsable de este departamento ha mostrado su consonancia con la petición médica y ha asegurado que lo trasladaría al
Ministerio de Trabajo, competente para articular el cambio normativo.
El Sindicato Médico sigue “a la espera de valorar la redacción final”. Se refiere a que la COVID será reconocida como enfermedad profesional en personal sanitario. Se trata de “una de las principales reivindicaciones que motivaron que la confederación convocara una
huelga nacional de médicos”, como ha señalado. “CESM celebra esta decisión del Ejecutivo. Espera que se recoja de manera apropiada y
tenga efectos retroactivos para los profesionales que se han contagiado de COVID-19”. Finalmente, así se ha aprobado.
Por otro lado, CESM ha lamentado que no se haya facilitado el mismo tratamiento para la consideración
de profesión de riesgo para los médicos. Era otra de las reivindicaciones que desde el principio de la pandemia ha puesto sobre la mesa el sindicato de los médicos.
Reacciones del CGCOM
Por su parte, el Consejo General de Colegios de Médicos ha celebrado que el
Gobierno haya aprobado la calificación
de enfermedad profesional para los profesionales
de sanitarios contagiados
de COVID-19. También han pedido
que el próximo paso sea aprobar que la profesión médica sea declarada como profesión de riesgo. En la misma línea se ha manifestado el sindicato médico CESM.
El número de sanitarios contagiados en España supera los 118.000 hasta la fecha, con 107 médicos fallecidos en el ejercicio de su profesión. En mayo
de 2020 y ante la situación crítica que vivían los médicos en nuestro país el CGCOM ya solicitó ante el Ministerio
de Trabajo y Economía Social, así como al
de Ministerio
de Sanidad, el reconocimiento para los profesionales
de la Medicina la calificación
de 'enfermedad profesional' para todos aquellos que hubieran sufrido contagio.
'Este cambio permitirá que los facultativos puedan acceder a las mismas prestaciones a las que acceden otros colectivos profesionales a los que se les reconoce la enfermedad profesional con el objetivo
de dar cobertura laboral durante toda la vida
de trabajador, independientemente
de cuando pueda contraer secuelas o complicaciones derivadas
de la COVID-19, puesto que estará protegido por la Seguridad Social', ha indicado el Consejo de Médicos.
Consecuencias de la medida
Esta medida supone que la consideración
de enfermedad profesional
comparta con el accidente la cuantía de la prestación económica, la responsabilidad de la mutua en su asistencia sanitaria y el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene, establecidas en el artículo 164
de la Ley General
de la Seguridad Social.
Asimismo, considera que esta solicitud constituye un acto
de justicia, no solo para los profesionales fallecidos sino también para todos aquellos contagiados en esta pandemia. En este sentido también pretende
desjudicializar y en definitiva evitar a través de esta reivindicación que los médicos se vean obligados a recurrir a los tribunales de justicia para conseguir el cambio
de contingencia y el recargo
de prestaciones, no teniendo pérdida económica por supresión
de complementos salariales y guardias.
Un reconocimiento que también es necesario para los casos en los que se ha producido el fallecimiento del médico, a fin
de reconocer las prestaciones correspondientes a los familiares supervivientes, ya que, con el soporte normativo actual, para que el fallecimiento
de una persona por 'coronavirus' pueda derivar en una pensión
de viudedad originada por una contingencia profesional será necesario probar que la enfermedad ha sido contraída en el trabajo.