Aránzazu Seguí Inspector Médico de Servicios Sanitarios. Mediadora Civil Mercantil y Sanitaria. Alicante La Mediación es desconocida para los ciudadanos e incluso para muchos letrados. Pese al tiempo transcurrido y el trabajo desarrollado, la falta de dotación presupuestaria y de campañas serias de difusión a nivel…
Aránzazu Seguí
Inspector Médico de Servicios Sanitarios. Mediadora Civil Mercantil y Sanitaria. Alicante
La Mediación es desconocida para los ciudadanos e incluso para muchos letrados. Pese al tiempo transcurrido y el trabajo desarrollado, la falta de dotación presupuestaria y de campañas serias de difusión a nivel autonómico y nacional ha hecho que la Mediación sea aún una gran desconocida para el ciudadano que dista mucho aún, al menos en España, de plantearse la Mediación como primera opción a la hora de resolver un conflicto. La Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la Mediación en asuntos civiles y mercantiles, entre sus objetivos establecía la facilitación del acceso a modalidades alternativas de solución de conflictos y el fomentar la resolución amistosa de litigios mediante el uso de la Mediación asegurando el equilibrio entre la Mediación y el proceso judicial. Se estableció como plazo máximo de transposición antes del 21 de mayo de 2011, pero en España no se llevó a la práctica hasta el 6 de julio de 2012 mediante la promulgación de la Ley 5/2012, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, y su posterior desarrollo mediante el RD 980/2013, de 13 de diciembre. El pasado 11 de enero de 2019, el Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación, con el que pretende la implantación definitiva de la Mediación como procedimiento complementario de la Administración de Justicia para la resolución extrajudicial de conflictos civiles y mercantiles de forma más ágil y a menos coste, pues la futura ley modificará la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita para incorporar a la Mediación entre sus servicios. La introducción de la Mediación en las diferentes CC.AA. no es homogénea. En la Comunidad Valenciana, donde actualmente realizo mi labor profesional, parece apostarse por la Mediación, pues se ha promulgado una nueva Ley de Mediación de la Comunidad Valenciana, la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, que entrará en vigor el próximo 5 de marzo de 2019. No obstante, queda aún camino por recorrer. En el ámbito sanitario, la Mediación tiene aún un largo camino por recorrer para poder decir que está implantada. La Mediación que se lleva a cabo hasta el momento proviene de las diferentes Consejerías o Consellerias de Sanidad a través de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales con la creación, en el 2016, del Procedimiento de Gestión interna de conflictos y de los diferentes Comités de Gestión Interna de Conflictos, que nacen con el objetivo de implantar un procedimiento que permita a la Comisión de Gestión Interna de Conflictos, formada por personal de cada área de salud, una eficaz y ágil gestión interna tanto de los conflictos como de las situaciones de violencia, así como las diferentes manifestaciones de acoso (laboral, sexual, por razón de sexo, de la orientación sexual e identidad de género) que afecten al personal que presta servicios en el ámbito del sector sanitario y ofrecer y facilitar la Mediación como instrumento para resolver controversias interpersonales. La formación en Mediación debería también desarrollarse. Somos pocos médicos Inspectores Mediadores para la envergadura de trabajo de Mediación existente, y hasta la fecha nuestro cometido dentro de esa labor en las distintas áreas sanitarias de la Administración ha sido la de formar en Mediación a los integrantes de los Comités de Gestión Interna de Conflictos (en lo sucesivo CGIC), pues el procedimiento de Gestión Interna de Conflictos solo contempla que podamos formar parte de los CGIC como asesores especializados. La Mediación es presente y futuro dentro de las Administraciones Públicas, y su desarrollo, pese a que sería deseable mayor rapidez en plazos, es un hecho y se basa, entre otros, en principios de neutralidad y confidencialidad, principios para los que el Cuerpo de Inspección está sobradamente preparado y además es el garante para todas las Administraciones sanitarias desde su misma creación, puesto que entre una de sus funciones está asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos sanitarios bajo el respeto de la normativa, por lo que sería deseable que la Inspección de Servicios Sanitarios pudiera tener una mayor implicación y un trabajo más activo a todos los niveles en la Mediación Sanitaria, habida cuenta de que para el resto de servicios implicados, SAIP, CGIC, etc., ya somos sus asesores en Mediación, como también lo somos desde la creación del Cuerpo para los ciudadanos, los usuarios del sistema sanitario, los profesionales y para las autoridades. La Inspección de Servicios Sanitarios sería un excelente eje vertebrador de la Mediación sanitaria y un punto de encuentro y colaboración con el resto de profesionales de la Mediación. Nuestro colectivo está sobradamente preparado para asumir este reto. Y en este contexto, la FAISS, como representante del colectivo, puede y debe jugar un papel principal como interlocutor válido ante las autoridades sanitarias y de apoyo y colaboración a las distintas asociaciones para la consecución de nuestros objetivos en Mediación.