Ateniéndose al compromiso del traspaso de competencias pendientes del Estatuto de Guernica, recientemente el consejero de la Gobernanza Pública y Autogobierno del Ejecutivo de Vitoria-Gasteiz, Josu Erkoreka, negociaba con la ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet, la posibilidad de que País Vasco fuera la…
Ateniéndose al compromiso del traspaso de competencias pendientes del Estatuto de Guernica, recientemente el consejero de la Gobernanza Pública y Autogobierno del Ejecutivo de Vitoria-Gasteiz, Josu Erkoreka, negociaba con la ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet, la posibilidad de que País Vasco fuera la primera comunidad autónoma con la capacidad de homologación de los títulos extranjeros de Medicina. Esta medida pretendía ser una solución para paliar la falta de especialistas en los servicios autonómicos de salud y sería pionera en España.
Sin embargo, la profesión médica no ha acogido favorablemente la misma. Así, desde la Organización Médica Colegial se ha emitido un comunicado en el que se posicionan en contra de dicha posibilidad. Tal y como argumentan desde el CGCOM, esta decisión sería 'inédita en el espacio europeo” y “plantea un cambio que presenta muchos más inconvenientes que ventajas, y obliga a la profesión médica a denunciar la misma en todos los foros”.
Diferentes argumentos
Concretando más los diferentes impedimentos, argumentan en primer lugar que “no existen 17 sistemas de ordenación profesional, sino solamente uno, por más que exista una tendencia de muchos a quedarse en el lugar donde han nacido o donde han cursado su formación de grado”. Teniendo esto en cuenta matizan que la realización de Planes de Ordenación de Recursos Humanos en las Comunidades Autónomas (Artículo 13 del Estatuto Marco, Ley 55/2003), siendo necesarios, no son suficientes, ya que el “mercado profesional” está construido a nivel español, y cada vez más en el ámbito europeo.
Asimismo, señalan que “tener un marco común de diplomas que certifican los estudios y las licencias profesionales es muy razonable”, ateniéndose al artículo 149.1.30 de la Constitución: “El Estado tiene competencia exclusiva sobre… regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia”.
Desde esta perspectiva, insisten en que la competencia para la homologación de títulos de grado médico y de especialista (en este caso extracomunitarios ) y el reconocimiento a efectos profesionales de los mismos vienen otorgados por RD al Estado central y con la participación de los Consejos Generales de las profesiones (en este caso la médica). “Lo contrario va en contra de los principios de equidad y no discriminación además de posible falta de competencia autonómica e incumplimiento por parte del Ejecutivo del reconocimiento expreso a los Consejos generales de las profesiones tituladas, colegiadas y reguladas de la Autoridad competente compartida que les asiste, tal y como se dicta en los RD legales y vigentes al efecto”.
Por todo ello, concluyen que “por economías de escala y en beneficio de la imprescindible credibilidad de los títulos, diplomas y certificados, conviene a todos que, al existir un único espacio de praxis profesional, también se mantenga un único marco de titulación y homologación”.