Cuál va a ser el impacto del Real Decreto 1716/2011, en qué van a consistir los nuevos procesos de autorización de los biobancos o cuál va a ser la nueva normativa en cuanto al tratamiento de muestras, también en colecciones y proyectos concretos, eran las principales cuestiones abordadas durante la jornada 'Impacto del nuevo Real Decreto de Biobancos: cuestiones prácticas' organizada por el Instituto Roche y la Red de Biobancos del Instituto de Salud Carlos III.
La impresión general, respecto a la repercusión de esta nueva normativa era bastante positiva. Ejemplo de ello eran las declaraciones que Javier Arias, subdirector general de Terapia Celular y Medicina Regenerativa del Instituto de Salud Carlos III, realizaba a EL MÉDICO INTERACTIVO. 'Era un decreto muy esperado porque la Ley de Investigación Biomédica daba pie a que iban a salir una serie de requisitos mínimos para autorizar los biobancos- hace hincapié Arias- como todas las normativas pues tiene aspectos oscuros o que puede ser dudosos, pero en conjunto si viene a resolver todo aquello que quedó pendiente, de hecho no haría falta normativa adicional en las Comunidades, porque simplemente con el RD como está muy detallado, podría valer, sobre todo dirigido a comunidades que a lo mejor no tienen tanta masa investigadora y no necesitan establecer procedimientos concretos'.
Sobre estos aspectos oscuros también hablaba Alberto Orfao, director del Banco Nacional de ADN Carlos III, 'hay muchas cuestionas prácticas por aclarar e inquietudes compartidas' a lo cual aportaba la solución de 'una guía práctica donde se aborden algunos de estos aspectos'.
El experto también se encargaba de hacer un compendio de las principales conclusiones extraídas, explicando que 'el concepto general es que hay un cambio, y que se define de una forma más precisa como debemos de organizar las colecciones de muestras de la investigación biomédica' además de que todos estos nuevos requerimientos lo que buscan son principalmente dos objetivos 'el promover una investigación biomédica de calidad, y garantizar la protección de derechos del sujeto fuente'. Por otra parte apuntaba que se definen específicamente los procesos de autorización, registro, inspección y cierre, así como las funciones de los comités externos ético y científico. Se trata, por tanto 'de un proceso urgente y complejo, y quizás la parte negativa es que sólo está parcialmente definido, requiere estructura altamente coordinada y eficiente entre las organizaciones'.
Situación de España respecto a Europa
Otro de los aspectos positivos de esta nueva legislación es la situación en la que coloca a España a nivel europeo. Según Arias, 'España está estupendamente posicionada con respecto al resto de los países de Europa, porque tiene una ley de biobancos específica, y otros países tienen ley de biobancos mucho menos clara porque esa ley además engloba otras cosas, y además tiene ya una red de biobancos estructurada, y financiada por el Estado, y eso aún es una aspiración para Europa', afirmando que puede ser un modelo interesante también para exportarlo fuera de nuestras fronteras.
Ahora sólo queda avanzar, según Anabel Sáez, coordinadora del nodo central de la Red de Bancos de Tumores de Andalucía 'es un salto cualitativo, un adelanto respecto a lo anterior'. Sin embargo, Jorge del Barrio, director del Instituto Roche recordaba que 'biobanco es un término de uso común, pero aún no está en la RAE'.