"Rechazamos las declaraciones de supuestas ‘alternativas terapéuticas equivalentes’ entre medicamentos distintos que se definan siguiendo criterios económicos, pero que no se basen en sólidos argumentos científicos, ya que su aplicación mermaría el arsenal terapéutico, menoscabaría el valor de la innovación, y limitaría la capacidad del…
'Rechazamos las declaraciones de supuestas 'alternativas terapéuticas equivalentes' entre medicamentos distintos que se definan siguiendo criterios económicos, pero que no se basen en sólidos argumentos científicos, ya que su aplicación mermaría el arsenal terapéutico, menoscabaría el valor de la innovación, y limitaría la capacidad del médico para prescribir a cada paciente el medicamento que considere más adecuado', ha destacado la Sociedad Española de Farmacología, que ha mostrado su punto de vista en relación a 'iniciativas que están surgiendo sobre la selección de 'Alternativas Terapéuticas Equivalentes' en algunos grupos farmacológicos, por el hecho de compartir alguna indicación terapéutica' .
Para la SEF, el que un determinado número de medicamentos se clasifique en un mismo grupo terapéutico o comparta una misma indicación terapéutica, no supone que se pueda considerar 'alternativa terapéutica equivalente' ni de eficacia o seguridad similares en el paciente individual.
Y ha explicado que los medicamentos clasificados dentro de un mismo grupo terapéutico 'comparten, en la mayoría de los casos, las indicaciones e incluso los efectos indeseables (lo que se denomina efecto de clase), sin embargo en muchos casos se diferencian en aspectos tan sustanciales como sus características farmacocinéticas, interacciones, perfil de seguridad e, incluso, indicaciones específicas'.
'Aún cuando dos medicamentos hubieran presentado la misma tasa de eficacia en la media de los pacientes incluidos en el ensayo clínico, en un paciente concreto podrán tener distinto perfil de beneficios y riesgos, puesto que los pacientes son diferentes entre sí. Los pacientes pueden presentan distintas enfermedades concomitantes, recibir otros medicamentos al mismo tiempo, o responder de forma distinta a dos medicamentos', explica la Sociedad Española de Farmacología.
Por ello, añade, la equivalencia terapéutica debe estar basada en la mejor evidencia científica, que incluye ensayos clínicos diseñados con dicho fin, de acuerdo con directrices internacionales y utilizando una metodología definida de antemano y dirigida a este propósito.
Para la Sociedad, 'considerando que debe ser competencia legislativa exclusiva del Estado 'garantizar el derecho a la protección de la salud' en base a criterios científicos en todo el territorio nacional, la eficacia de cada tratamiento debe estar avalada por la Agencia Española del Medicamento, y su uso debe de apoyase en guías terapéuticas consensuadas a nivel nacional e internacional. Creemos que quien debe determinar las equivalencias terapéuticas de los distintos principios activos debe de ser la agencia reguladora AEMPS (EMA), de acuerdo con directrices/guías internacionales', afirma.
Responsabilidad del médico
'El médico es el único profesional sanitario que tiene la responsabilidad para prescribir el mejor tratamiento posible, a partir de la mejor evidencia científica y teniendo en cuenta las características de cada paciente y las alternativas terapéuticas disponibles, por tanto, debe individualizar el tratamiento atendiendo a las características de cada paciente', añade.
Para facilitar este objetivo, recuerda la Sociedad, existen guías de práctica clínica, documentos de consenso y recomendaciones por parte de las sociedades científicas y otros organismos internacionales, convenientemente avalados, y que sirven para orientar a los profesionales y garantizar de este modo la terapia más adecuada.